Testimonio real de intereses abusivos con COFIDIS
En fecha de 29 de marzo de 2017, nuestra abogada E. Prat representó a P. M. Soler en la demanda que nuestro cliente, el Sr. Soler Castellón, había recibido de COFIDIS S.A SUCURSAL EN ESPAÑA.
Principalmente, nuestro cliente fue demandado y se le reclamaban 5.482,05 euros por incumplimiento del contrato de línea de crédito suscrito con COFIDIS en fecha 5-03-1999.
El Juzgado de Primera Instancia nº36 de Barcelona admitió los presentes autos de Juicio Verbal 935/16 de reclamación de cantidad, y se citó a las partes para que se pronunciasen sobre posibles cláusulas abusivas en el contrato, y se declararon abusivas las cláusulas de comisiones por impago y de indemnización por daños y perjuicios, por lo que se acordó la continuación del procedimiento por la suma de 4.761’43€.
Nos opusimos a la cantidad solicitada, ya que nosotros alegamos la nulidad del contrato por aplicación de la ley de represión de la usura, y haber quedado nuestro cliente demandado en paro.
Nuestra defensa
La abogada de COFIDIS, alegaba el mantenimiento de la validez de los intereses remuneratorios por ser equivalentes a otros aplicados en contratos con las mismas características al tiempo de la celebración del contrato del Sr. P.M. Soler, así como las condiciones del seguro, del que nuestro cliente se dio de baja en el año 2013 cuando dejó de pagar las cuotas.
Como ninguna de las partes solicitó la celebración de vista, quedaron los autos vistos para sentencia.
En virtud de lo contemplado en el Art.1258 CC los contratos se perfeccionan con el consentimiento y desde entonces obligan, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza sean conformes a la buena fe al uso y a la ley.
En concreto se trata de un contrato de línea de crédito suscrito entre las partes en fecha 5-03-1999, en el que se pactó como coste del crédito el tipo de interés mensual del 2% mensual, que corresponde a un tipo de interés normal del 24% y un TAE del 26’82%.
El interés con el que ha de realizarse la comparación no es el “normal del dinero”, sino con el interés «normal o habitual, en concurrencia con las circunstancias del caso y la libertad existente en esta materia».
Para saber qué se considera “interés normal” para establecer lo que se considera “interés normal” puede acudirse a las estadísticas que publica el Banco de España, tomando como base la información que mensualmente tienen que facilitarle las entidades de crédito.
Reglamento (CE) nº 63/2002, de 20 de diciembre de 2001, con origen a el artículo 5.1 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (BCE), se adoptó para obligar a las entidades financieras a recopilar la información estadística necesaria, tomando como base la información que mensualmente tienen que facilitarle las entidades de crédito sobre los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones activas y pasivas.
En el presente caso, el contrato es del año 1999, y aunque no se cuenta con la información estadística mencionada, ya que el reglamento se adoptó en 2001, el interés pactado del 26’82% TAE debe considerarse notablemente superior al “interés normal” atendiendo a que el interés legal estaba fijado en el 4’25% y el interés de demora en el 5’5%.
En operaciones de crédito al consumo, no puede justificarse una elevación del tipo de interés tan desproporcionado, por cuanto que la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.
Según la doctrina jurisprudencial contenida en la sentencia del Tribunal Supremo de continua se absuelve al demandado de las peticiones formuladas frente a él, dado que consta que las cantidades pagadas han sido superiores a aquellas que corresponderían al Sr. SOLER y se imponen las costas a la parte actora.
El resultado fue un éxito. Nuestro cliente quedó absuelto de pagar las cantidades que la entidad crediticia le exigía y además se condenaba a las costas del proceso a la parte actora, es decir, COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA
Adjuntamos el fallo de la Sentencia, por lo que la jueza del Juzgado de Primera Instancia nº36 de Barcelona, M. H. Vallejo, dio la razón, de acuerdo con derecho, a nuestro cliente.
La conclusión
Que desestimando la demanda presentada por COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, frente a D. P. M. SOLER, representado por S. Bastida y asistido por la Sra. E. Prat, absuelvo a la demandada de las peticiones formuladas frente a ella, con expresa condena en costas a la parte actora. Notifíquese a las partes esta resolución contra la que cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de veinte días, previa consignación de 50€.
Así lo acuerdo, mando y firmo Montserrat Hernando Vallejo, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona. Doy fe.
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Buenos días yo pago a Cofidis una cuota mensual de 166,40 hoy e mirado por primera vez un extracto y veo que de capital amortizado pago 37,16 de interes 96.93 y un prima de seguro que no sabía que tenia32,31 creo que es abusido que de 166,40 solo amortice tan poco
Hay que analizar su caso con tranquilidad, ver resto de deudas que tiene, si son abusivas, etc…
Hablemos de su caso concreto al 900 90 17 16 de lunes a viernes de 9-21 horas. Gracias
Saque un préstamo personal con cofidis llevo pagadas 10 letras de 80e cada una y ellos me dicen que lo que ahí amortizado es 100e esto es una locura como sólo va a estar amortizado 100e de 800e que llevo pagado.
Hay que arreglar esa deuda cuanto antes…Hablemos de lunes a viernes de 9-21 horas al 900 90 17 16. Debes reclamar a tu banco. Disponemos de abogados en todas las capitales de provincia.
Buenas noches a mi me pasa los mismo llevo 2 años pagando 127e y me dicen qu tengo pagado solo 300 e de 4000 que pedí
Es abusivo. Necesitamos ver sus contratos o hablar con el banco directamente. Hablemos de su caso al 900 90 17 16. Gracias
Cofidis cobra intereses totalmente abusivos. Hablemos de lunes a viernes de 9-21 horas al 900 90 17 16. Debes reclamar. Disponemos de abogados en todas las capitales de provincia.
Karen debes demandar a Cofidis, tenemos experiencia en cientos de casos.Hablemos de lunes a viernes de 9-21 horas al 900 90 17 16. Disponemos de abogados en todas las capitales de provincia.
Yo tengo una larga lista de entidades a las que debo en la actualidad, entre ellas, Cofidis y Wizink, y otras de micro-préstamos, ahora hacen eso que decís, pero es verdad que llegan a denunciar o es un farol ?
Depende de la cuantía de la deuda, normalmente suelen empezar con amenazas antes de la denúncia. Hablemos de tu caso concreto. Si tienes muchas deudas que no podrás cumplir, quizás sería hora de buscar ayuda profesional. Al fin y al cabo, si no estás protegido y asesorado legalmente, los bancos tienen poder sobre ti.
La Ley de Segunda Oportunidad sería una solución. Déjanos conocer tu caso.
Nosotros te ayudamos.
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Quisiera saber si cetelen es como cofidis me dijeron que contratará un seguro en el caso que estuviera en paro pudiera hacer frente al pago ,les comenté que estaba en paro pero no ha sido así y sigo pagando el seguro dentro de la cuota
Como COFIDIS, CETELEN es una entidad bancaria especializada en créditos al consumo. Se podría decir que vende el mismo producto que COFIDIS, un crédito rápido y fácil de obtener, pero las condiciones no son lo que parecía ser.
Tráenos la documentación. Miraremos hasta la última letra para poder analizar si hay abusividad, y si la hay, podrás recuperar el dinero pagado de más.
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No lo dudes, no dejes que vaya a peor. Parémosles los pies.
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No viene mal conocer las leyes en contra de la usura, debería de haber más educación financiera en las escuelas.
Saludos,
Muchas Gracias. Somos un equipo especializado en derecho bancario y financiero amplio,con oficinas en toda España y un departamento de comunicación para manteneros diariamente informados.
Saludos.