Reclamar los gastos de formalización
Si has firmado una hipoteca, seguramente has oído hablar de los gastos de formalización.
Son una serie de costes que, en muchas ocasiones y desde hace años, los bancos han derivado a los prestatarios:
– Todos los gastos de notaría.
– Los costes derivados de registrar la operación financiera y la compra de la vivienda mediante hipoteca en el colegio registral pertinente, de la tramitación de procedimientos judiciales o extrajudiciales, gastos, costas y perjuicios por incumplimiento de contrato.
– El pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Este tipo de costes vienen derivados de una serie de trámites o procesos que tienen que ser llevados a cabo para poder poner en marcha el contrato hipotecario.
Todas estas cuestiones son costes necesarios para que el banco pueda abrir un préstamo inmobiliario. De tal modo, el Tribunal Supremo ha dictaminado como abusivo que tenga que ser el cliente el que corra con dichos gastos.
¿Qué ocurre con los gastos de la hipoteca?
Al igual que ha ocurrido con otros temas hipotecarios, son muchos los afectados por los abusos bancarios. Los gastos de hipoteca no son una excepción. Muchas de las entidades han obligado vía cláusula contractual a que fuera el cliente el que se hiciera cargo del 100% de los gastos de la hipoteca. No tiene sentido que una gestión que es interés del banco sea abonada en su totalidad por el cliente. El primer interesado en que se produzcan ciertos trámites de constitución es precisamente la entidad de crédito, y no sólo el hipotecado. Por tanto, ¿por qué debe pagarlo íntegramente este último?
Si has abonado dinero derivado de cualquiera de las tres operaciones anteriores, porque así venía estipulado en alguna cláusula de tu hipoteca, podemos conseguir que dichos costes te sean reembolsados. Hay varias sentencias que ya aclaran que dichas cantidades deben ser abonadas por el banco, y no por el cliente. De este modo, se declara la cláusula abusiva y nula.
Actos Jurídicos Documentados
Este impuesto grava de forma distinta en función de la Comunidad Autónoma en la que se aplique. Oscila entre el 0,5% y el 1,5%. Para una hipoteca en torno a 100.000 euros, los gastos asociados a impuestos irían en torno a los 1.000 euros. Este sencillo y rápido cálculo nos da una idea de la magnitud del problema, teniendo en cuenta que la mayoría de las hipotecas están por encima de esa cifra. Y de que el porcentaje atribuible a impuestos puede ser aún mayor. Son ya varias las sentencias, algunas de ellas del Supremo, las que establecen que el hecho de que el cliente asuma el 100% de los gastos hipotecados es algo abusivo y puede recuperar TODO su dinero.
Plazo para reclamar: ¿Con una hipoteca cancelada puedo reclamar?
Las entidades bancarias pueden alegar que el préstamo está caducado al haberse cancelado previamente a la reclamación de estos gastos.
Pues bien, que no te engañen, el tribunal rechaza esta alegación, ya que prevalece el principio de que un contrato cancelado no impide la interposición de reclamaciones dentro del plazo correspondiente, siendo un principio aplicable a cualquier reclamación de responsabilidad contractual.
Además, a tenor de del artículo 1964.2 del Código Civil, se descarta la prescripción de la acción de nulidad, o en defecto, se establece un plazo de 15 años para interponerse, por lo que el demandante podía hacer valer sus derechos frente al juzgado y recuperar su dinero.
Por lo que puedes recuperar tu dinero aunque tu préstamo ya no esté activo, aunque hayas vendido la casa sujeta a dicha hipoteca, aunque hayas realizado novaciones en tu préstamo inicial… No dudes en contar con ayuda legal y recuperar lo que es tuyo.
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Somos un despacho de abogados y economistas especializado en derecho bancario y financiero con oficinas en toda España y nuestra labor contigo será reclamar a tu banco para que recuperes TODO tu dinero, que no tengas que pagar de más, y hacer valer tus derechos.
Si no sabes por dónde empezar, no desesperes, cuenta con nosotros para guiarte.
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