AVALISTAS CANCELADOS EN LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD.
Desde que en 2015 Europa nos diera las herramientas legales para cancelar deudas a personas físicas, cerca de 10.000 personas ya lo han solicitado en España, con un acierto del 100%. En toda Europa cerca de 1 millón de personas han cancelado sus deudas.
¿Y qué sucede con los avalistas?
Pues queda, como siempre a la interpretación de Mediadores, Administradores y Jueces.
A nuestro entender, como juristas que somos, el avalista pierde su facultad al extinguirse la obligación del fiador al mismo tiempo que la del deudor.
Este mismo criterio empiezan a tener los jueces, especialmente en Barcelona desde este año 2020.
En el caso que nos ocupa, hemos conseguido que S.Sª en el BEPI (Auto Judicial) especifique que se cancelan las deudas del titular y a la vez la de los avalistas, indicando los apartados del Código Civil al respecto (1190 y 1207 CC).
1.190 del Código Civil.- La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias; pero la de éstas dejará subsistente la primera.
1.207 del Código Civil.- La subrogación de un tercero en los derechos del acreedor no puede presumirse fuera de los casos expresamente mencionados en este Código. En los demás será preciso establecerla con claridad para que produzca efecto.
Estando así las cosas es un nuevo respiro para los Consumidores que poco a poco van viendo como sus derechos a poder empezar desde cero puede ser una realidad en un país como el nuestro, donde los bancos y las políticas dan la sensación que no están por la labor de seguir la pauta de Europa con respecto a la liberación de las deudas. Menos mal que somos europeos, y tenemos el apoyo de las Instituciones.
Y mientras tanto miles de familias se van endeudando para poder pagar otros créditos, hasta el infinito, hasta descubrir que no le dan más financiaciones y empiezan a amenazar con demandas y es entonces cuando buscan una solución al respecto vía judicial a través de despachos profesionales especializados.
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AVALISTAS CANCELADOS EN LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD.