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Calcular Embargos. ¿Qué pueden quitarme y qué no?

¿Han solicitado una ejecución de embargo en tu contra? No importa si dicho proceso se ha iniciado fruto de tu actividad empresarial, o bien por acciones como particular (como por ejemplo no poder hacer frente a una hipoteca).
Sea cual sea el caso, debes saber que no todo está perdido, pues existen una serie de limitaciones a esa orden de embargo, en el caso de que finalmente fuera satisfactoria. A continuación vamos a repasar qué bienes pueden expropiarte durante el proceso, y cuáles no.
Existen limitaciones, incluso en el salario, de manera que no será necesario que un error del pasado te persiga durante el resto de tu andadura profesional o personal.

¿Qué bienes son inembargables?

Si te encuentras en esta situación, debes saber que existen una serie de bienes que nunca podrán serte retirados. Por ejemplo, el ajuar de tu vivienda o los muebles que resulten de uso mínimo en tu residencia. Alimentos o combustibles son algunas otras cuestiones que nunca te podrán retirar, pues se interpreta a todos estos como bienes imprescindibles para el ejecutado, y de los que depende para su subsistencia. Tampoco cualquier otro elemento que se utilice para el desempeño de funciones laborales.

Sin embargo, existe un segundo punto mucho más interesante, y que está relacionado con el salario. En este sentido, la parte correspondiente al Salario Mínimo Profesional no podrá ser retirada en ningún momento. A partir de aquí, se establecen una serie de tramos que ningún juez podrá violar.

  • Sólo se podrá embargar el 30% de la cantidad que supere el salario mínimo interprofesional, siempre que el salario sea menor del doble.
  • Si se cobra entre el doble y el triple del salario mínimo, sólo te podrán embargar el 50% de la cantidad por encima de ese mínimo.
  • Hasta el cuádruple del salario mínimo interprofesional, se puede embargar hasta el 60% de la cantidad que exceda el mínimo.
  • Por encima de esto, se puede embargar el 90% de la cantidad a partir del salario mínimo.

Es importante destacar que esta limitación sobre el salario mínimo interprofesional prevalece también en trabajadores autónomos. De este modo, si un empresario individual es objeto de un requerimiento concursal, también está protegido en estos términos.

Calcular Embargos. ¿Qué pueden quitarme y qué no?

Si ya tienes un embargo, hay formas legales de quitarlos, sí, aunque lo haya confirmado un juez, hayas acudido con abogado o posiblemente no hayas comparecido.

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